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26 de mayo de 2009 | Comunicados

Nueva normativa vuelos hacia EEUU

Recordamos a los pasajeros que viajan a Estados Unidos que deben rellenar obligatoriamente el formulario para Solicitud de Autorización de viajes que aparece en la página: https://esta.cbp.dhs.gov, mínimo con 72 horas de antelación a la fecha del viaje.

Requisitos entrada

Visados: La mayor parte de los turistas requieren visado. En cualquier caso, los canadienses sólo precisan una prueba de ciudadanía, mientras que un programa recíproco, que permite prescindir de visado, faculta a los ciudadanos de Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Italia, Países Bajos, Reino Unido, Suecia, Suiza, Japón, Australia y Nueva Zelanda a residir hasta 90 días sin visado si poseen un billete de regreso y demuestran que disponen de una economía desahogada. Esto puede ser verificado por los agentes del Servicio de Inmigración.El gobierno constantemente cambia los requerimientos para entrar en el país, por lo que conviene informarse con tiempo de antelación.

IMPORTANTE: Para el caso de los turistas con pasaporte comunitario a los que no se les exige visado, ahora están sujetos a una ampliación de los requerimientos de seguridad.

  • Para cumplimentar el proceso de registro de pasajeros y conseguir la autorización previa para la entrada a EEUU para los países exentos de visado, hacer pulsar aquí.
  • Para más información sobre el programa Secure Flight, pulsar aquí

 

 

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